• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
Consuelo Terrero Monje

Consuelo Terrero Monje

Abogada en Dos Hermanas

  • Inicio
  • Blog
  • Contacto
Usted está aquí: Inicio / Área Jurídica / Delitos contra el honor: injurias y calumnias

Delitos contra el honor: injurias y calumnias

Consuelo Terrero Monje · 2 Mar, 2013 · Dejar un comentario

El Código Penal bajo el título de Delitos contra el honor establece una clara diferencia entre dos delitos que son confundidos a veces por quienes no se dedican a actividades relacionadas con el derecho.

INJURIAS

El artículo 208 del Código Penal determina que es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Solamente serán constitutivos de delitos las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

CALUMNIAS

El artículo 205 del Código Penal determina que es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

El acusado del delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.

Se castiga de un modo mas grave la injuria o calumnia que se efectúa mediante medios de publicidad (cuando se propague mediante imprenta, radiodifusión, etc).

LAS REDES SOCIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACION Y DIFUSION.

Hoy en día, hay que ser conscientes de la gran importancia que las nuevas tecnologias pueden tener a la hora de menoscabar el honor o la dignidad de una persona, por el desmesurado alcance que las redes sociales tienen, ya que en la actualidad, a niveles de información y de difusión se han roto todas las fronteras.

Debido a lo anterior, debemos ser tremendamente cuidadosos con las afirmaciones que se vierten en las redes sociales, pues comentarios, expresiones o imputaciones que en un circulo reducido de personas, aun siendo graves o incluso ilicitas, tienen una menor trascendencia, cuando se difunden con medios tan poderosos pueden hacer un daño irreparable.

El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito.

Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante el Juez la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas se le impondrá pena inferior en grado, y el Juez entregará testimonio de retractación al ofendido y , si éste lo solicita, ordenará su publicación en el mismo medio en que se vertió la calumnia o injuria, en espacio idéntico o similar a aquél en que se produjo su difusión y dentro del plazo que señale el Juez o Tribunal sentenciador.

En los delitos de calumnias o injurias se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria a costa del condenado por tales delitos.

El responsable penal lo es también civilmente y está obligado a reparar el daño, estableciéndose indemnización a favor del ofendido, de la que también reponde la persona física o jurísida propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria.

Si consideras que de algún modo una persona, grupo o colectivo viene atentando contra tu honor o tu dignidad, no lo consientas y acude al asesoramiento de un@ abogad@.

Si te ha gustado comparte, por favorShare on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter

Área Jurídica

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Consuelo Terrero Monje

Copyright © 2021 · Diseño web por José Roldán - Iniciar sesión

  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros con fines técnicos, de personalización, analíticos y para mostrarte publicidad personalizada a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Clica AQUÍ para más información sobre la Política de Cookies.
Puedes aceptar todas la cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso en los AJUSTES.

Consuelo Terrero Monje
Desarrollado por  GDPR Cookie Compliance
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.