Derecho de alimentos

Derecho de alimentos.

¿Sabías que el derecho de alimentos, la típica pensión de alimentos que se establece en los procedimientos de separaciones y divorcios no es una cantidad concreta sino que va en función de las posibilidades del obligado (alimentante) y de las necesidades del que ha de recibirla (alimentado). Por ese motivo l@s abogad@s a la pregunta típica de …¿cuanto me tiene que pasar para mi/s hijo/s? no pueden responder de un modo tajante y concreto…
PERO ¿Sabias que la obligación de alimentar no es solo de padres y madres hacia hijos sino también de hijos hacia padres y madres?

CONSEJO:

CUIDEMOS Y ESCUCHEMOS A NUESTROS MAYORES.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.