El expediente de dominio. La importancia de tener inscritas las propiedades a nombre del titular en el registro de la propiedad
Es muy frecuente que una persona sea propietaria de un terreno rústico, urbano o vivienda y sin embargo no figure inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad. Ello es debido a que en el pasado no tan lejano se adquirían propiedades sencillamente por un pacto verbal que se cerraba con un “apretón de mano” o bien mediante documentos privados muy sencillos (conocidos como “vendí”), que posteriormente no se liquidaban de Impuestos ni se inscribían en el Registro de la Propiedad.
Si a lo largo del tiempo se van produciendo nuevas transmisiones o ventas, finalmente se hace muy dificil y a veces imposible la formalización de la Escritura Pública, debido a que ha quedado interrumpido o roto el tracto sucesivo (personas en paradero desconocido, fallecidos…etc). Es en estos casos cuando se tramita un procedimiento judicial que se conoce con el nombre de Expediente de Dominio.
Las personas en general tienen la creencia erronea de que el procedimiento es largo y costoso y ello porque por un lado supone gastos de Abogado y Procurador (que sustituyen a los gastos del Notario que en este expediente no existen) , publicaciones en un Periódico de gran tirada y en el B.O.P. y por otro lado, una vez se dicta la Resolución Judicial (Auto del Juez) hay que abonar el Impuesto de Transmisiones y los gastos Registrales (pero estos también se producen cuando se formalizan Escrituras Públicas y se inscriben en el Registro).
Es evidente que el momento social, económico y laboral quizás no permite sacar ningún importe para este tipo de trámites, pero si realmente fueran conscientes de que su propiedad se puede ver embargada por deudas que no son suyas sino del titular registral o incluso que sus tierras, solar o vivienda pueden llegar a estar “en riego” , debido a que bien por error o bien de un modo intencionado se inscriban a nombre de otra persona (viendose envuelto en un procedimiento judicial inevitable), no me cabe la menor duda que tramitarían el expediente de dominio.
Si es propietario de terrenos rústicos, urbanos o vivienda y no los tiene inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad, elija un@ abogad@ de su confianza que le informará y no solo buscará soluciones en el aspecto legal sino también fórmulas de fraccionamiento (incluso de los Impuestos) para resolver el coste económico del expediente.