La herencia y las dudas más frecuentes en materia de testamento

La herencia y las dudas más frecuentes en materia de testamento (parte 1/4)

¿EL ESTADO HEREDA SI NO HAY TESTAMENTO?

No. El Estado sólo hereda cuando no hay testamento y cuando además no hay descendientes, ni ascendientes, ni conyuge, ni parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos y primos hermanos).

¿QUE HACE FALTA PARA HACER TESTAMENTO?

Ser mayor de 14 años.
El único documento que se ha de aportar al Notario es el Documento Nacional de Identidad. No son necesarios los documentos de propiedad ni la presencia ni la firma de los herederos.
No es necesaria la intervención de testigos salvo que el testador no sepa o no pueda firmar o leer, o lo solicite el propio testador o lo considere necesario el Notario.

¿QUE SE PUEDE HACER PARA EVITAR PROBLEMAS?

En el Testamento se puede nombrar un Albacea que se encargue de ejecutar la voluntad del testador o un contador partidor que practique la partición de la herencia.
En el caso de fallecimiento de los padres también se puede nombrar tutor a los hijos menores de edad.

¿QUE CUESTA HACER TESTAMENTO?

Segun el arancel notarial aproximadamente 30 € y dicha cantidad se incrementa con el coste de la copia simple de aproximadamente 0’60 € por folio y el Impuesto sobre el Valor Añadido.

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