La guarda y custodia compartida
Muchas personas (casi siempre hombres), se plantean cuando inician los trámites de separación, divorcio, cese de la convivencia o ruptura de pareja, la posibilidad de que la guarda y custodia de los hijos sea compartida.
A niveles reales, en Andalucía en general, para que se produzca dicha situación a niveles legales, han de estar ambos progenitores de acuerdo , pues en caso contrario, si se litiga en Tribunales en un procedimiento contencioso, lo que se suele conseguir es un régimen de visitas flexible y un “calendario de visitas más o menos amplio”
Las mujeres en general se quejan de que los hombres solicitan la guarda y custodia compartida para pagar menos cantidad en concepto de pensión de alimentos.
Los hombres se quejan de que la relación con los hijos se desnaturaliza y que se convierten en “acompañantes” de fin de semana .
Por mi experiencia profesional creo que en esta materia no estamos poniendo todo de nuestra parte para que LOS MENORES (que son el interés más necesitado de protección) sufran lo menos posible.
El mutuo acuerdo y que sea la pareja la que decide que va a ser de sus vidas y de las de sus hijos tras la ruptura siempre será infinitamente mejor a que la decisión la adopte un@ extrañ@, que es lo que en definitiva es un@ juez@.
Si estás en situación de ruptura
INTENTA LLEGAR A UN ACUERDO EQUITATIVO Y JUSTO PARA TODOS.
Consulta a un@ abogad@ con experiencia en esta materia.